Como reclamar los daños por un temporal como Filomena.

13 - 01 - 2021
Como reclamar los daños por un temporal como Filomena.

Los temporales a su paso provocan innumerables daños materiales y personales, pero ¿quién es el responsable de indemnizarnos si a causa del temporal hemos sufrido daños?

Los temporales a su paso provocan innumerables daños materiales y personales, pero ¿quién es el responsable de indemnizarnos si a causa del temporal hemos sufrido daños?

 

La respuesta no es única y dependerá de la causa que haya ocasionado el daño. Lo que siempre es necesario, para tener cobertura, es que el bien esté asegurado, de esta manera podremos reclamar o bien, por la cobertura privada del seguro de nuestra compañía, o bien, por la cobertura pública ofrecida por el consorcio de compensación de seguros.

 

Los daños causados por la nieve no serán asumidos por el consorcio y serán asumidos por las compañías aseguradoras en el marco de las coberturas contratadas. En el caso de inundaciones y vientos extraordinarios podrán ser cubiertos por el consorcio.

 

Si a causa de la nieve he sufrido un daño en mi vivienda, tendré que acudir a las coberturas de mi póliza privada, y será mi aseguradora la que indemnice según lo pactado en póliza, es decir si tengo cubierto el riesgo de nevada . Pero en el caso de que por el deshielo de la nieve se causen daños en la vivienda por inundación, estos daños si serían consorciables, y por lo tanto se tendrán que reclamar al consorcio.

 

Como podemos imaginar después del paso de Filomena la siniestralidad aumentará, dando lugar a una notificación masiva de siniestros. Es habitual que las compañías aseguradoras en caso de fuertes temporales, como nos ocupa ahora con el Filomena o el año pasado con el Gloria, que ocasionan grandes destrozos, activen protocolos de emergencia, para dar un atención rápida y eficaz a los clientes perjudicados, se crean líneas telefónicas específicas, refuerzan el personal y ponen mayores medios para atender el incremento de reclamaciones.

 

¿Qué es el consorcio de compensación de seguros?

 

El consorcio de compensación de seguros es un organismo público dependiente de la dirección general de seguros y el ministerio de economía, encargado, entre otras funciones, de cubrir los riesgos extraordinarios.

 

Entre estos riesgos extraordinarios estarían:

 

  • Daños meteorológicos: inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caída de cuerpos siderales y aerolitos.
  • Daños por terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
  • Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

 

Como vemos no da cobertura a daños por nieve, lluvia directa sobre el bien asegurado, granizo o vientos no extraordinarios (no superiores a 120km/h) entre otras exclusiones (para saber las exclusiones del consorcio consultar aquí).

 

Cuando contratamos una póliza de seguros, hay una pequeña parte del recibo que va para cubrir el consorcio, lo podremos ver porque en el detalle del recibo aparece un concepto CCS. El consorcio cobra de las compañías aseguradoras un porcentaje de cada póliza, a cambio, en caso de riesgos extraordinarios será el consorcio quien de la cobertura.

 

 

Reclamar los daños al seguro.

 

Según la causa de los daños sufrido deberemos reclamar a las coberturas de la póliza, si el condicionado contempla esa causa, o al consorcio, si es un hecho extraordinario cubierto. Lo mejor es disponer de un corredor de seguros como ASP Correduría, para asesorarte, revisar las coberturas e iniciar el proceso de reclamación a quien corresponda, será el corredor quien se encargue de hacer todas las gestiones con la compañía o con el consorcio.

 

Es importante ver el condicionado de la póliza para saber el alcance de las coberturas de nuestro seguro, las exclusiones y limitaciones. Por ejemplo es habitual que los vientos por debajo de un umbral (diferente en cada compañía) no estén cubiertos, y los superiores a 120km/h queden cubiertos por el consorcio.

 
En caso de que la estación meteorológica que recoge la información oficial nos de umbrales de viento, lluvia, etc inferiores a los indicados en la póliza para que la compañía de cobertura, se puede estudiar si hay pruebas que justifiquen que en la zona ha habido unos datos superiores no recogidos y justificarlo aportando pruebas de daños en bienes colindantes por ejemplo.

 

En ASP Corredoria somos corredores, asesoramos a nuestros clientes en caso de siniestro y facilitamos la gestión del siniestro con la compañía aseguradora.

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