El objetivo de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional es cubrir los daños ocasionados pudiendo ser estos personales, materiales y/o consecuenciales que, involuntariamente, el profesional de la construcción haya podido causar a sus clientes en el desarrollo de su actividad.
El asegurador asume la compensación económica de los hechos cubiertos por el contrato, reparando el daño causado por el asegurado a un tercero, hasta el límite pactado en las condiciones de la póliza de seguro.
Como norma general los técnicos que ejercen como tales, tanto si trabajan como liberales como si lo hacen como asalariados, adquieren, en función de las intervenciones que realizan, una serie de responsabilidades de tipo civil y/o penal fijadas en la legislación vigente.
En el caso de que la intervención profesional sea en la ejecución de obras se adquieren responsabilidades civiles/o penales derivadas de los daños materiales o personales que se producen durante el proceso de construcción (obra viva), tanto en la propia obra como a terceros o colindantes. Esta responsabilidad la adquiere no solo la dirección facultativa o el coordinador, sino también los técnicos que se puedan encontrar en la obra, como colaboradores técnicos, asesores del promotor o del constructor, arquitecto, aparejador, jefes de obra, etc.
Los técnicos que hacen proyectos o asumen la dirección facultativa de la obra, además de las responsabilidades derivadas de la obra viva (periodo de ejecución), una vez acabada la construcción, contraen la responsabilidad derivada de la obra finalizada (
responsabilidad decenal).
Esta responsabilidad está regulada por el Art. 1591 del Código Civil y por la LOE (responsabilidad trienal o decenal). Los periodos establecidos se alargan además, durante el tiempo que legalmente se pueden interponer las acciones de reclamación (15 años para las obras no regidas por la LOE y 2 años para las obras a las cuales les sea de aplicación la LOE.
Por otra parte, hay tres tipos de actuaciones profesionales de las cuales también se pueden derivar responsabilidades profesionales (tasación, peritaciones, informes, certificaciones, colaboraciones técnicas, etc.).
Si se dispone de póliza con Musaat, puedes acceder a su WEB con tus claves para efectuar las declaraciones de intervenciones de tarifa D. www.musaat.es